Hay quien ve una clara diferencia entre el concepto de autónomo y el de emprendedor. La distinción que hace María Benjumea, fundadora de Spain Startup, entre uno y otro es la siguiente. “Un autónomo es un trabajador por cuenta propia que ofrece un servicio pero que no ha montado un proyecto desde cero, cosa que sí hacen los emprendedores”.
Sin embargo, independientemente de que esté presente o no en un autónomo el ánimo de convertirse en emprendedor, puede darse el caso de que las cosas le vayan bien y las cuentas se le hayan abultado hasta el punto de tener que plantearse un cambio de forma jurídica para tributar menos y seguir creciendo. Pero, ¿cómo puede saber un autónomo que ha llegado el momento de dar ese salto?
La fiscalidad
“Yo siempre recomiendo que lo hagan cuando empiezan a tener entre 45.000-50.000 €de beneficios anuales”, dice José Enrique Rodríguez Zarza, responsable de http://www.abogality.com/. “Hay que tener en cuenta que los autónomos tributan por tramos, conforme al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de manera que cuantos más beneficios tienen más pagan, y a la inversa. Sin embargo, cuando se constituye en sociedad, se someten a una fiscalidad fija conforme al régimen de sociedades, lo cual puede ser más rentable a partir de las cantidades indicadas”.
Un autónomo tributa como tal en el Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas (IRPF)aplicado al rendimiento de actividades económicas. Recordar, en este sentido, quela reforma fiscalha aprobado nuevos tramos y tipos impositivos (que entre este año y el próximo pasarán de 7 a 5) e incluye una reducción fiscal del 20% para el conjunto de los autónomos, aunque se esperen más cambios para 2016.
En cuanto al Impuesto de Sociedades (IS), aplicable en todo el territorio español con la excepción de País Vasco y Navarra, está en un25% sobre los beneficios.
Si quieres saber más de la tributación de los autónomos puedes consular este enlace: http://portal.circe.es/es-ES/emprendedor/EmpresarioIndividual/Paginas/AutonomoTributacionparaAutonomos.aspx
La responsabilidad
Más importante que la fiscalidad es, según Rodríguez Zarza, tener en cuenta la responsabilidad que el emprendedor está dispuesto a asumir.
En líneas generales la principal diferencia es que como autónomo tu responsabilidad frente a terceros es universal y respondes con tu patrimonio, presente y futuro, de las deudas contraídas en la actividad económica. La obligación se hace extensible, además, a tu cónyuge o pareja si estás en régimen de gananciales.
No sucede esto con las sociedades donde se distingue entre el patrimonio individual y el social. En este caso la responsabilidad de los socios frente a terceros se limita a las aportaciones de cada uno de ellos.
Como novedad, la Ley de Emprendedores de 2013 trajo consigo el nacimiento del Emprendedor de Responsabilidad Limitadaque permite al menos al profesional dejar fuera de la responsabilidad su vivienda habitual, siempre y cuando su valor no supere los 300.000€, entre otras condiciones.
Qué forma adoptar
Rodríguez Zarza lo tiene claro. “El salto natural de un autónoma a la empresa debe ser a la Sociedad Limitada, que es la única que funciona en España”.
Desde la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), nos recuerdan, sin embargo, la existencia de otrasfórmulas intermediasen el tránsito de persona física a jurídica conforme al actualRégimen de Atribución de Rentas, citando ejemplos como la Comunidad de Bienes o las Sociedades Civiles. Advierten, no obstante, de que para 2016 está anunciado un cambio en el régimen de tributación de estas figuras intermedias que quedará sujeto al tipo de actividad que se realice.
Decir, asimismo, que actualmente existen hasta19 formas jurídicasque se distinguen conforme a los criterios de número de socios, capital y responsabilidad y cuyas ventajas e inconvenientes puedes consultar en:
http://www.creatuempresa.org/es-ES/PasoApaso/Paginas/FormasJuridicas.aspx
Otras consideraciones
En esa búsqueda que debe perseguir siempre el autónomo “de la rentabilidad económico-fiscal”, según ATA, hay otros factores que conviene que analice antes de tomar una decisión.
Para Rodríguez Zarza, el salto es obvio en cuanto la actividad empresarial se hace un poco más compleja. “Desde el momento en que empiezan a necesitarcontratara trabajadores o cuando empiezan a suscribir contratos de suministro o con proveedores con los consecuentes riesgos de impago yposibles litigios. Yo les recomiendo ya el salto a la S.L”.
Asimismo, si te estás planteando crecer mediante laincorporación de otros sociosla mejor fórmula es hacerlo como sociedad. Esta condición también se exige a los aspirantes de la mayoría de las ayudas osubvenciones institucionales.
Otro aspecto a tener en cuenta es que si lo que quieres es crecer es importantela imagenque das de cara al mercado y la competencia, tanto nacional como internacional, la cual siempre será más profesional y potente si te enfrentas a él como empresa que como autónomo.
¿Y las startups?
La Sociedad Limitada es la forma jurídica que adoptan la mayoría de las startups desde sus inicios. “Normal que así sea, teniendo en cuenta que muchas pretenden atraer capital riesgo para sus proyectos y donde los inversores buscan participaciones”, aclara Rodríguez Zarza. En su opinión, en el caso concreto de las startups, lo fundamental es el Pacto de Socios y cuando antes lo redacten y lo suscriban mejor. La recomendación es que sea lo más detallado posible teniendo en cuenta que suelen unirsesocios estratégicoscon obligaciones distintas donde, por ejemplo, uno aporta trabajo, otros conocimientos y otros dinero. “Pueden hacerlo como documento privado, elevarlo ante notario oincluirlo en los estatutosy ésta última es la que yo recomiendo, que es la que reconoce el Derecho Mercantil”, dice Rodríguez Zarza.
Según María Benjumea, lo primordial de una startup es disponer de “un proyecto que sea viable y responda a una necesidad de mercado respaldado por un equipo con talento”.
Más tajante es la recomendación de Jorge Soto, impulsor de proyectos como MoPub, Sales4StartUps y actualmente centrado en Sotoventures Media, quien afirma “Durante los primeros meses el fundador de una empresa tiene que estar enfocado en el negocio, no en cómo va a comer y a pagar la renta”.